El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº3 de Alicante ha rechazado las alegaciones presentadas por la Administración y ratifica como cautelares las medidas que impuso en el auto del pasado jueves 21 de enero, por lo que pide a la Conselleria de Sanidad que proceda a vacunar de forma inmediata a todos los médicos de la provincia que ejercen en el sector privado, de igual forma y en las mismas condiciones que sus compañeros de la sanidad pública. El juez reitera todos los fundamentos jurídicos señalados en el auto y considera que:
“No existen elementos que permitan acceder a la medida cautelar solicitada, ni se ha aportado tampoco por la parte demandada ningún elemento que permita variar lo que ya se señaló entonces. Debiendo por ello mantener y reiterar todos los Fundamentos Jurídicos señalados en el Auto resuelto “inaudita parte debitoris”.
Es más, las alegaciones de la Administración autonómica se dedican a señalar la eficiencia de la misma respecto a la vacunación del personal privado. No deja de ser absolutamente paradójico que pese a alegar este pretendida eficiencia la Administración (con un informe elaborado por ella misma) se oponga luego al mantenimiento a la medida cautelar. La Administración tiene contradicciones evidentes entre lo que declara y lo que realmente hace.
Por lo demás, concurren en el caso que nos ocupa los elementos legales necesarios (el «periculum in mora» y el “fumus boni iuris” o apariencia de buen Derecho), necesarios para mantener la medida cautelar también con carácter ordinario; toda vez que de la debida ponderación y valoración de los intereses en conflicto, procede dar sin ningún género de dudas prioridad al interés que ha puesto de manifiesto el Colegio de Médicos de la provincia de Alicante, cuando éste interés debería haber Estado tutelado por la propia Administración pública demandada”.