Ejercicio de la actividad

La Colegiación en España es obligatoria para el ejercicio de la profesión médica.

La inscripción en el Colegio de Médicos de Alicante es obligatoria para todos los médicos que ejerzan su actividad principal, pública o privada, en la provincia de Alicante.

Para colegiarse es obligatorio iniciar el proceso a través de la sede electrónica de nuestro colegio en el siguiente enlace: pulse aquí para iniciar el proceso.El trámite online dura aproximadamente 5 minutos y una vez revisado por nuestra administración recibirá las instrucciones para finalizar su colegiación en la sede del colegio.

El trámite se completará una vez que la Junta Directiva del Colegio apruebe las nuevas las colegiaciones.

Tu número de colegiado es único e intransferible.

 

Cuotas

Se procederá al pago de cuotas tras haber presentado toda la documentación requerida y haber sido validada por la Secretaría colegial.

Las cuotas colegiales son las siguientes:

  • Cuota de Incorporación: 120,20 €.
  • Cuotas Colegiales: 58,50 € trimestrales.

Cuenta bancaria del Colegio de Médicos de Alicante: ES14 0081 0180 7300 0149 9153

Se suprime la cuota de alta para los traslados de cualquier Provincia.

Se amplía en 5 años el tiempo para que los facultativos que hubieran estado colegiados en el Colegio de Alicante no abonen cuota de entrada al recolegiarse.

Documentación necesaria

    • Título original de licenciado/graduado en Medicina. En el caso de no disponer de él, certificación acreditativa de la universidad correspondiente de la finalización de los estudios de Medicina y comprobante de pago de los derechos de la expedición del título.
    • Si se posee título de especialista deberá presentar el original o en su caso la resolución correspondiente y justificante del pago de los derechos de expedición si no se dispone del título.
    • Una fotografía tamaño carné (se podrán hacer en el Colegio Oficial de Médicos de Alicante).
    • Número de cuenta bancaria para la domiciliación de recibos colegiales.
    • Si es MIR, documento de adjudicación de la plaza (Hospital/centro de formación y especialidad).
    • Si se procede de otro Colegio es imprescindible:
      • Certificado de baja del Colegio de Médicos de procedencia.
      • Abono con tarjeta o transferencia de la cuota de inscripción, fijada en 120,20 euros.
      • Abono con tarjeta o transferencia de la cuota trimestral fijada en 58,50 euros, en aquellos casos que no se hubiera abonado en el Colegio de procedencia.
      • Se suprime la cuota de alta en los traslados de los colegiados inscritos en los Colegios de la Comunidad Valenciana.
      • Los facultativos que hubieran estado colegiados en el Colegio de Médicos de Alicante en el período de 5 años previos no abonarán la cuota de entrada al recolegiarse.
    • En caso de primera colegiación:
      • Abono con tarjeta o transferencia de la inscripción fijada en 120,20 euros.
      • Abono con tarjeta o transferencia de la de la cuota trimestral fijada en 58,50 euros.
    • Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual.
    • Caso de ejercer privadamente la profesión:
      • Afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y/o afiliación a la mutualidad profesional correspondiente.
      • Alta en el censo de profesionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
    • Cuantos otros documentos o requisitos se estimen necesarios u oportunos por el Colegio de Médicos de Alicante.

     

    • Título original de licenciado/graduado en Medicina, que deberá acompañarse del documento original de la resolución de reconocimiento del mismo para ejercer en España–credencial de valor comunitario (Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad) o copia certificada/autentificada por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.
    • Si se posee título de especialista deberá presentar el original, junto con el documento original de la resolución de reconocimiento del mismo para ejercer en España–credencial de valor comunitario – (Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad) o copia certificada/autentificada por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.
    • Pasaporte o documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia.
    • Documento de Identificación de Extranjero por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería (NIE).
    • Una fotografía tamaño carné (se podrán hacer en el Colegio Oficial de Médicos de Alicante).
    • Número de cuenta bancaria para la domiciliación de recibos colegiales.
    • Si es MIR, fotocopia del documento de adjudicación de la plaza (Hospital/centro de formación y especialidad).
    • Certificación expedida por organismo oficial legalizado por vía diplomática de no estar ni haber estado inhabilitado/a para el ejercicio de la Medicina (original y traducción al castellano). Este certificado tendrá una validez de 3 meses (país de origen). Esta certificación solo será necesaria si se trata de la primera colegiación o si hubiesen transcurrido más de tres meses desde la fecha de la baja en otro Colegio.
    • Si se procede de otro Colegio es imprescindible:
      • Certificado de baja del Colegio de Médicos de procedencia.
      • Abono con tarjeta o transferencia de la cuota de inscripción, fijada en 120,20 euros.
      • Abono con tarjeta o transferencia de la cuota trimestral fijada en 58,50 euros.
    • En caso de primera colegiación:
      • Abono con tarjeta o transferencia de la cuota de inscripción, fijada en 120,20 euros.
      • Abono con tarjeta o transferencia de la cuota trimestral fijada en 58,50 euros.
    • Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual o Certificado de Antecedentes Penales.
    • Caso de ejercer privadamente la profesión:
      • Afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y/o afiliación a la mutualidad profesional correspondiente.
      • Alta en el censo de profesionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
    • Certificado de conocimiento suficiente del idioma español / ó de la CCAA correspondiente en su caso (Anexo III y Disposición Adicional Segunda del RD 459/2010)
    • Cuantos otros documentos o requisitos se estimen necesarios u oportunos por el Colegio de Médicos de Alicante.

    Todos los documentos deben estar debidamente validados/ compulsados/legalizados por vía diplomática y, en su caso, se acompañarán de traducción jurada.

    • Título original de licenciado/graduado en Medicina.
    • Documento de homologación del título de licenciado/graduado en Medicina (Ministerio de Educación).
    • Si se posee título de especialista deberá presentar el original, junto con el documento original de la correspondiente homologación. (Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, previa resolución oficial de su Comité de Evaluación RD 459/2010).
    • Pasaporte.
    • Documento de Identificación de Extranjero por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería (NIE) con la autorización de permiso de residencia.
    • Una fotografía tamaño carné (se podrán hacer en el Colegio Oficial de Médicos de Alicante).
    • Número de cuenta bancaria para domiciliación de recibos colegiales.
    • Si es MIR, fotocopia del documento de adjudicación de la plaza (hospital/centro de formación y especialidad).
    • Certificación expedida por organismo oficial legalizado por vía diplomática o Apostilla de La Haya de no estar ni haber estado inhabilitado/a para el ejercicio de la Medicina (original y traducción al castellano). Este certificado tendrá una validez de 3 meses (país de origen). Esta certificación solo será necesaria si se trata de la primera colegiación o si hubiesen transcurrido más de tres meses desde la fecha de la baja en otro Colegio.
    • Si se procede de otro Colegio es imprescindible:
      • Certificado de baja del Colegio de Médicos de procedencia.
    • En caso de primera colegiación:
      • Abono con tarjeta o transferencia de la cuota de inscripción fijada en 120,20 euros.
      • Abono con tarjeta o transferencia de la cuota trimestral fijada en 58,50 euros.
    • Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual o Certificado de Antecedentes Penales.
    • Caso de ejercer privadamente la profesión:
      • Afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y/o afiliación a la mutualidad profesional correspondiente.
      • Alta en el censo de profesionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria..

    Todos  los  documentos  deben  estar  debidamente  validados/  compulsados  / legalizados por vía diplomática o mediante apostilla del Convenio de La Haya y, en su caso, se acompañarán de traducción jurada (Anexo I del RD 459/2010, de instrucciones para la cumplimentación de la solicitud y validación del reconocimiento de títulos de especialista obtenidos en el ámbito extracomunitario).

    • Permiso de residencia: si es extranjero no comunitario,  deberá obtener previamente a la colegiación, el permiso o autorización administrativa de residencia legal en España. 
    • Ejercicio con carácter de médico especialista para ejercer la profesión con ese carácter de médico especialista, usar esa denominación u ocupar un puesto de trabajo como tal: es preciso disponer de título oficial de médico especialista expedido por el Ministerio de Educación, o título extranjero debidamente homologado en España mediante credencial del Ministerio de Educación.

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