Tienen derecho a consulta todos los médic@s colegiados o acogidos en el Colegio de Médicos de Alicante, así como los administradores de Sociedades Profesionales inscritas en el Registro Colegial. El derecho a consulta deberá ejercerse personalmente, o con carácter excepcional por el cónyuge autorizado para ello.
Asesores
D. Juan José Vicedo Misó
Asesor Dpto. Jurídico del COMA

D. Juan José Vicedo Misó
Asesor Dpto. Jurídico del COMA
Abogado en ejercicio desde 1984. Ingresó en el Departamento Jurídico Colegial en 1985. Es miembro fundador de la Asociación Derecho y Sanidad de la Provincia de Alicante; y de la Asociación de Derecho Sanitario de la Comunidad Valenciana. Profesor Asociado de Derecho Tributario de la Universidad de Alicante.
Dª. Mª Cruz Torres Mollá
Área laboral y estatutaria

Dª. Mª Cruz Torres Mollá
Área laboral y estatutaria
Abogada en ejercicio desde 1990. Ingresó en el Departamento Jurídico en 2012. Es miembro de la Asociación Derecho y Sanidad de la Provincia de Alicante; Letrada del Sindicato Médico en Alicante; y Profesora Asociada de Derecho del Trabajo de la Universidad de Alicante.
Prestación del servicio
Condiciones
Gratuidad en asuntos profesionales
Los servicios serán gratuitos cuando se refieran a asuntos relacionados con el ejercicio de la profesión, salvo en los procedimientos judiciales que tengan interés económico para el colegiad@. Serán de cargo del colegiad@ los honorarios de Procuradores de los Tribunales, Peritos, Notarios y otros profesionales distintos de los Letrados.
En los supuestos de responsabilidad profesional, el colegiad@ se hará cargo a través de la oportuna póliza de seguro obligatorio de la sanidad pública o de la póliza privada que deberá tener contratada, en las condiciones que establezcan dichas pólizas.
Amenazas y agresiones
A través de la póliza colegial o en su caso de la Póliza de Responsabilidad Civil pública o privada que tenga suscrita el colegiado, la asistencia en los casos de agresiones o amenazas será totalmente gratuita , incluidos los honorarios de Abogado y Procurador de los Tribunales.
Asuntos no profesionales
Cuando se trate de asuntos que no estén relacionados directamente con el ejercicio de la profesión, la primera consulta será gratuita, debiéndose abonar honorarios por las gestiones posteriores y por las actuaciones judiciales. En tal caso, la iniciación de cualquier trámite o acción se producirá previa aceptación del colegiad@ mediante la oportuna hoja de encargo profesional, que contendrá necesariamente un presupuesto de honorarios.
Ámbito
La asistencia jurídica a los colegiad@s se prestará en relación con la legislación estatal, la legislación autonómica valenciana y las disposiciones de las Corporaciones locales de la provincia de Alicante, y en el ámbito jurisdiccional de los juzgados y tribunales de la provincia de Alicante.
El Departamento Jurídico no podrá defender los intereses de ningún colegiad@ cuando éstos se contrapongan a los de otro u otros colegiad@s. Si se tratare de divergencias entre colegiad@s, se deberán plantear ante la Junta Directiva del Colegio el conflicto que les enfrenta para que ésta realice la función mediadora que tiene atribuida estatutariamente.
Materias de actuación
Área de Ejercicio Profesional
Responsabilidad profesional. Ley de Información al paciente y Documentación Clínica. Responsabilidad civil profesional. Asesoramiento legal en denuncias por imprudencia y negligencia médica. Seguro de responsabilidad profesional: cobertura y exclusiones.
Ejercicio privado. Consultas médicas privadas. Ejercicio profesional en entidades privadas. Protección de datos. Sociedades profesionales.
Asesoramiento fiscal y tributario. Obligaciones fiscales. Inicio y cese de actividad. Gastos deducibles. Problemática de la actividad no asistencial.
Código Deontológico. Secreto profesional. Relaciones entre compañeros. Publicidad y titulaciones. Régimen disciplinario.
Asociaciones médicas. Régimen de funcionamiento.
Área Laboral y Estatutaria
Régimen laboral y estatutario. Retribuciones salariales. Nombramientos y ceses. Jornada, permisos, vacaciones. Funciones. Incompatibilidades.
Seguridad Social. Jubilación, incapacidad, invalidez. Afiliación, cotización, bajas. Desempleo y otras prestaciones.
Acceso a la función pública. Concursos y oposiciones.
Personal empleado del médico. Asesoramiento sobre contratación laboral. Salarios. Despidos. Obligaciones de empresa.
Área de Protección del Médic@
Protección del médic@. Agresiones, amenazas y vejaciones. Derecho al honor.
Modalidades
Horario de consulta
Los Letrados atenderán, en el ámbito de sus respectivas competencias, en la sede del Colegio de Médicos, mediante consulta presencial, telefónica o por correo electrónico, lunes y jueves, de 17.30 a 19.00 horas.
Asuntos urgentes
En el caso de que el asunto no admitiera demora, el Colegio comunicará con el Letrado al que correspondiera la asistencia.
Consulta presencial
Para la consulta presencial se deberá concertar cita previa, a través de la oficina colegial. Las citas tendrán una duración estimada de media hora.
Consulta telefónica
La modalidad de consulta telefónica está prevista para aquellas cuestiones que, por su brevedad, puedan resolverse telefónicamente sin necesidad de desplazarse. Se deberá solicitar a través de la oficina colegial, ser llamado a los números de teléfono que se indiquen. El Letrado encargado de resolver la consulta se pondrá en contacto una vez finalizado el servicio de atención personal en la sede del Colegio.
Consulta electrónica
Las consultas por correo electrónico deberán dirigirse al correo abogados@coma.es y serán contestadas a la mayor brevedad posible por el Letrado encargado de resolverla.
Informes
Sólo se emitirán informes oficiales del Departamento a petición de un colegiado si así lo autoriza expresamente la Junta Directiva. Las notas informativas sobre cuestiones de interés general se emitirán por el Colegio, con el oportuno asesoramiento jurídico.